¿Cómo se posicionan Neuquén y Río Negro en el mapa de objetores al aborto legal?
Una médica o un médico, ¿pueden negarse a hacer un aborto legal en Argentina?, ¿y un hospital o una clínica entera?, ¿cuáles son los límites de la llamada «objeción de conciencia»?
«Los malos usos» es un estudio que publicaron las organizaciones Cedes, Redaas y ELA, con el apoyo de «El Gato y la Caja». Analizaron la implementación de la objeción, luego de la legalización del aborto: tomaron el período que va desde enero de 2021 hasta diciembre de 2023.
La ley 27.610 establece que el personal de salud que tenga que intervenir de manera directa en la interrupción de un embarazo tiene derecho a negarse a la práctica, siempre y cuando, mantenga la decisión en todos los ámbitos en los que ejerza su trabajo (público, privado o de la seguridad social), y derive de buena fe y sin demoras.
No puede negarse cuando esté en riesgo la vida o la salud de la persona, y tampoco alegar objeción en la atención post-aborto.
Los establecimientos de salud pública están obligados a garantizar la práctica, y en el caso de los privados deben gestionar los traslados.
Agustina Ramón Michel, coordinadora del estudio e investigadora asociada de Cedes, dijo que antes de la aprobación -cuando el aborto estaba habilitado por causales- había mayor «arbitrariedad».
«La regla antes era la penalización. Se presumía la penalización. Entonces todo el acceso a los abortos por violación, por salud, pese a que eran legales, permitidos, estaban llenos de escollos. Atravesados por cierto enmarcamiento de tratarlos como excepciones, porque la regla era la penalización. Y eso ayudaba también a que sea más fácil resistirse, porque la conciencia legal de los profesionales de la salud y también de muchas mujeres era marcada, insisto, por la penalización», explicó la abogada.
Agregó que con la regulación de la objeción que trajo la ley «hay un derecho individual de los profesionales de la salud, pero que tienen que cumplir una serie de deberes. No es una «carta libre» para comportarse de cualquier manera, sino que el único permiso que les da la ley es a rehusarse a realizar la práctica pero no a malinformar, no a maltratar a la paciente y que además deben derivarla. Asegurarse que llegue a buen camino».
La posibilidad de apartarse es para quienes tengan un involucramiento directo. Ramón Michel aclaró: «se entiende que ahí podría estar tu integridad moral en juego, a tal punto de poder dañarse, pero todos los actos anteriores y posteriores de la práctica deben cumplirse».
Esto deja afuera, por ejemplo, a quienes hacen ecografías, entregan medicamentos o tienen tareas administrativas.
En la región, en 2019, el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra fue condenado por obstruir un aborto legal en curso en Cipolletti. El fallo fue confirmado incluso por la Corte Suprema de Justicia.
Se «disfrazan» de objeción
La investigación rastreó negaciones al aborto publicadas en medios de comunicación en estos dos años, buscó reportes de organizaciones que monitorean el acceso a la interrupción del embarazo, documentos gubernamentales de Nación y de las provincias, y realizó entrevistas en profundidad con activistas, profesionales de la salud y directores de hospitales.
En total identificaron 223 eventos de «objeción de conciencia» en 21 provincias, de los cuales 136 fueron negaciones individuales -60,9%- y 87 institucionales- que representan el 39,01%.
En las entrevistas surgió que existen obstaculizaciones: prácticas que se «disfrazan» de objeción cuando no lo son.
Dentro de las 136 negaciones individuales, el 53% no encuadraban dentro de los permisos que da la ley. «Los ejemplos de estas obstaculizaciones empiezan en las consultas previas al aborto con ecografistas, quienes, al enterarse de que una mujer está en la consulta por IVE/ILE le acercan material de organizaciones antiaborto o infunden miedo respecto a las consecuencias físicas de atravesar un aborto con pastillas. A su vez, el personal administrativo no cumple con informar cómo proceder para la derivación y el problema se prolonga con enfermeras que ignoran pedidos de agua o apósitos de pacientes que están atravesando una IVE/ILE», indicó el informe.
Entre los 87 eventos relevados que tenían alcance institucional, el 90% fueron casos ilegales: hospitales que no cuentan con personal no objetor o no cumplen con la derivación cuando corresponde.
Río Negro está tercera en el ranking de provincias que registran eventos de objeción individual y negaciones institucionales, cada 100.000 habitantes, y Neuquén novena.
El caso de Zapala
«Río Negro está en una situación mucho más complicada en cuanto a prácticas de objeción, pero Neuquén que usualmente estamos acostumbradas a que sea una provincia favorable, con una política de salud sexual y reproductiva tiene situaciones como las que reportamos en el estudio, a partir de la revisión documental y entrevistas que alcanzan a toda una localidad«, afirmó la abogada.
Se refiere a Zapala, donde el servicio de ginecología del hospital invocaba objeción hasta 2023. Equiparable a lo que sucedía en Río Grande (Tierra del Fuego) o Mercedes (Corrientes).
«El problema mayor que persiste, si lo queremos pensar en términos de legalidad e ilegalidad, son las negaciones institucionales. Es un estatus al margen de la ley, como autoridad debería generar preocupación, porque no está bien que una mujer tenga que viajar tres horas idas, tres horas vuelta para acceder a una práctica que puede ser ambulatoria«, remarcó.
Sostuvo que aún en este escenario el principal proveedor de abortos en Argentina sigue siendo el subsistema público. Las clínicas y sanatorios siempre terminan tercerizando el servicio en hospitales.
El ministerio de Salud de la Nación había establecido dos mecanismos para denunciar las obstaculizaciones: el 0-800-222-3444 y un formulario para quienes tienen obra social o pre-paga.
«Todo eso se dio de baja. Hoy ese formulario ya no existe, no podés llenarlo y el 0-800 ha reducido su capacidad de respuesta y hasta el día de la fecha no tiene ningún informe sobre el tema. Entonces en términos de rectoría y rendición de cuentas, como facultad que tiene el ministerio de Salud de la Nación, hoy eso ya no está», planteó Ramón Michel.
La situación es de muchas disparidad. «Hay provincias que tratan de reducir el conflicto y buscar respuestas, sin nombrar la objeción de conciencia, tratan de acomodar el servicio, de establecer días de guardia, donde las mujeres pueden ir porque hay profesionales disponibles, y hay provincias que están más en una situación inercial, dejan que todos los ginecólogos objeten y deciden que ese es el estatus quo y que no van a hacer nada», manifestó.
Diario RIO NEGRO consultó al ministerio de Salud de Neuquén para saber si la situación en Zapala se había modificado. La respuesta fue que actualmente las prácticas las garantizan los médicos clínicos, y hay una ginecóloga que no es objetora.